lleva a Hungría ante la justicia por la ley
que protege a los menores de la pornografía y el contenido pro-LGBT
(InfoCatólica)
20-7-22
Según un
comunicado hecho público el pasado viernes, la Comisión considera que la
ley húngara viola las normas del mercado
interior, los derechos fundamentales de las personas (en particular de las
personas LGBTIQ), así como -en relación con esos derechos fundamentales- los
valores de la UE.
La ley húngara, en
particular, señala y persigue los contenidos que «promueven o representan» lo
que denomina «la divergencia de la identidad propia correspondiente al sexo de
nacimiento, el cambio de sexo o la homosexualidad» para los menores de 18 años.
La ley aprobada
por el parlamento húngaro en junio del 2021, determina que «la pornografía y el
contenido que represente la sexualidad para sus propios fines o que promueva la
desviación de la identidad de género, la reasignación de género y la
homosexualidad no se pondrán a disposición de las personas menores de dieciocho
años».
Las clases de
educación sexual, dice la ley, «no deben tener como objetivo promover la
segregación de género, la reasignación de género o la homosexualidad»
El comunicado de
la Comisión Europea afirma que «la
protección de los niños es una prioridad absoluta para la UE y sus Estados
miembros. Sin embargo, la ley húngara contiene disposiciones que no se
justifican en función de la promoción de este interés fundamental o son
desproporcionadas para lograr el objetivo declarado».
Según la comisión,
la ley viola las siguientes normas de la UE:
La Directiva de
Servicios de Medios Audiovisuales, que la ley incumple en lo que respecta a las
normas sobre contenidos audiovisuales y a la libre prestación de servicios
transfronterizos de medios audiovisuales. Hungría establece restricciones
injustificadas y desproporcionadas que discriminan a las personas por su
orientación sexual e identidad de género.
La Directiva sobre
comercio electrónico y su disposición sobre el país de origen. La ley restringe
la prestación de servicios que muestren contenidos de diferentes orientaciones
sexuales a los menores, incluso cuando estos servicios proceden de otros
Estados miembros, y Hungría no justificó estas restricciones.
El principio de
libre prestación de servicios del Tratado (artículo 56 del TFUE) y la Directiva
de servicios. Los destinatarios de algunas partes de la ley entran en la
definición de servicio según las normas de la UE. La libertad de prestación de
servicios sólo puede limitarse si las restricciones impuestas por la ley están
debidamente justificadas, no son discriminatorias y son proporcionadas, algo
que Hungría no ha demostrado.
El derecho a la
protección de datos, en particular porque las disposiciones nacionales no
definen con precisión quién puede ser autorizado a acceder a los datos
personales sensibles almacenados en el Sistema de Registro de Antecedentes
Penales y a qué datos puede dirigirse dicho acceso. Además, las disposiciones
nacionales no establecen criterios objetivos para justificar la necesidad del
acceso a los datos.
La Directiva sobre
la transparencia del mercado único, ya que Hungría no notificó a la Comisión
con antelación la adopción de algunas de las disposiciones impugnadas a pesar
de la obligación de hacerlo establecida en la Directiva.
En el contexto de
la aplicación del Derecho de la UE, la ley húngara también viola de forma
sistemática varios derechos fundamentales consagrados en la Carta de Derechos
Fundamentales de la UE. Esto incluye la inviolabilidad de la dignidad humana,
el derecho a la libertad de expresión e información, el derecho a la vida
privada y familiar, así como el derecho a la no discriminación. Debido a la
gravedad de estas violaciones, las disposiciones impugnadas violan también los
valores comunes establecidos en el artículo 2 del TUE (Tratado de la Unión
Europea).
La Comisión
Europea es una de las siete instituciones de la Unión Europea. Ostenta el poder
ejecutivo y la iniciativa legislativa. Se encarga de proponer legislación,
aplicar las decisiones comunitarias, defender los tratados de la Unión y en
general se ocupa de los asuntos diarios de la Unión.
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