que quedaría
automáticamente excomulgado el obispo que ordenara diaconisa a una mujer
catolicos-on-line, 13-5-16
El actual Cardenal Prefecto para la Doctrina de la Fe,
S.E.R Gerhard Ludwig Müller, explicó en una entrevista realizada en diciembre
del año 2001, por qué la Iglesia no puede admitir a las mujeres al sacramento
del orden en el grado del diaconado, y recordó que «es del todo imposible que
el Papa intervenga en la sustancia de los sacramentos».
En su asamblea anual, celebrada en diciembre del 2001
en Roma, la Comisión Teológica Internacional de la Congregación para la
Doctrina de la Fe trató el tema del diaconado. Al margen de la sesión, el
actual Cardenal Prefecto para la Doctrina de la Fe, S.E.R Gerhard Ludwig
Müller, por entonces catedrático de Teología en la Universidad de Munich y
profesor invitado en la Facultad de Teología de San Dámaso de Madrid, resumió
en una amplia entrevista al periódico católico alemán «Die Tagespost» los
resultados de la discusión, que fueron reunidos en un documento entregado a
quien era Prefecto del Dicasterio, Cardenal Joseph Ratzinger.
Müller explicó que el diaconado no es un sacramento
aparte, sino que participa del único sacramento del orden. De este modo, afronta
la cuestión del diaconado de las mujeres, explicando que nunca se han dado
casos de ordenación sacerdotal de mujeres. Estos son algunos de los pasajes más
interesantes de la entrevista.
–¿Es el diaconado un sacramento propio?
La Iglesia enseña con claridad que el sacramento del
Orden es uno de los siete sacramentos de la Iglesia; como ejercicio pleno, en
el Espíritu Santo, de la misión única en su origen de los apóstoles de Cristo,
es ejercido en su plenitud por el obispo. La participación diferenciada en él
se denomina, según el grado de su concreción, presbiterado o diaconado.
–¿Se puede separar acaso el diaconado de las mujeres
del sacerdocio femenino?
¡No! Por razón de la unidad del sacramento del Orden,
que ha sido subrayada en las deliberaciones de la Comisión Teológica, no se
puede medir con diferente rasero. Sería entonces una verdadera discriminación
de la mujer si se la considerara apta para el diaconado, pero no para el
presbiterado o el episcopado. Se rompería de raíz la unidad del sacramento si,
al diaconado como ministerio del servicio, se opusiera el presbiterado como
ministerio del gobierno, y de ello se dedujera que la mujer tiene, a diferencia
del varón, una mayor afinidad para servir, y por ello sería apta para el
diaconado pero no para el presbiterado. Pero el ministerio apostólico en su
conjunto es un servicio en los tres grados en los que es ejercido.
La Iglesia
no ordena a las mujeres no porque les falte algún don espiritual o algún
talento natural, sino porque –como en el sacramento del matrimonio– la
diferenciación sexual y de relación entre hombre y mujer contiene en sí un
simbolismo que presenta y representa en sí una condición previa para expresar
la dimensión salvífica de la relación de Cristo y la Iglesia. Si el diácono, con
el obispo y el presbítero, a partir de la unidad radical de los tres grados del
Orden, actúa desde Cristo, cabeza y esposo de la Iglesia a favor de la Iglesia,
es evidente que sólo un hombre puede representar esta relación de Cristo con la
Iglesia. Y al revés es igualmente evidente que Dios sólo podía tomar su
naturaleza humana de una mujer, y por ello también el género femenino tiene en
el orden de la gracia –por la referencia interna de naturaleza y gracia– una
importancia inconfundible, fundamental, y en modo alguno meramente accidental.
–¿Hay en realidad declaraciones doctrinales
vinculantes acerca de la cuestión del diaconado femenino?
La tradición litúrgica y teológica de la Iglesia
emplea un lenguaje unívoco. Se trata en este asunto de una enseñanza vinculante
e irreversible de la Iglesia, que está garantizada por el magisterio ordinario
y general de la Iglesia, pero que puede ser confirmada nuevamente con una mayor
autoridad si se continúa presentando de modo adulterado la tradición doctrinal
de la Iglesia, con el fin de forzar la evolución en una determinada dirección.
Me asombra el escaso conocimiento histórico de algunos y la ausencia del
sentido de la fe; si no fuera así, deberían saber que nunca se ha logrado y
nunca se conseguirá poner a la Iglesia, precisamente en el ámbito central de su
doctrina y liturgia, en contradicción con la Sagrada Escritura y con su propia
Tradición.
–¿Qué ocurre si un obispo válidamente ordenado, fuera
de la comunión de la Iglesia, ordena a una mujer como diaconisa?
De modo invisible, es decir, ante Dios, no sucede
nada, pues tal ordenación es inválida. Visiblemente, es decir, en la Iglesia,
sí sucede algo, pues un obispo católico que lleva a cabo una ordenación
irregular incurre en la pena de excomunión.
–¿Podría el Papa decidir que, en el futuro, las
mujeres recibieran el diaconado?
El Papa, al contrario de lo que piensan muchos, no es
el dueño de la Iglesia o el soberano absoluto de su doctrina.. A él sólo le
está confiada la tutela de la Revelación y de su interpretación auténtica.
Teniendo en consideración la fe de la Iglesia, que se expresa en su práctica
dogmática y litúrgica, es del todo imposible que el Papa intervenga en la
sustancia de los sacramentos, a la que pertenece de modo esencial la cuestión
del sujeto receptor legítimo del sacramento del Orden.
–¿Están excluidas las mujeres por completo de la
participación en los servicios eclesiales? ¿No hay lugar para las mujeres en la
Iglesia?
Si dejamos a un lado una reducción clerical de la
Iglesia, la pregunta no se plantea ya de este modo. La Iglesia, en sus procesos
vitales y en su servicio al hombre, es una corresponsabilidad esencial de todos
los cristianos, precisamente también de los laicos; en muchos países no podemos
quejarnos actualmente de un exceso de apostolado activo de los laicos. Pensemos
en el dramático retroceso de las Órdenes y comunidades religiosas femeninas,
sin las que la Iglesia no hubiera enraizado nunca en las diferentes naciones y
culturas. En los ministerios específicos de Derecho canónico y humano, a los
que pueden ser también llamados los laicos a colaborar junto con la jerarquía,
es decir, obispo, presbítero y diácono, las mujeres desempeñan servicios
importantes para la Iglesia, y que también para ellas mismas son satisfactorios
desde el punto de vista humano y espiritual.
Lo que hoy en día llevan a cabo
las mujeres como profesoras de Religión, profesoras de Teología, agentes de
pastoral, y también las actividades no retribuidas en las comunidades, va mucho
más allá de lo que hacían las diaconisas de la Iglesia primitiva. El
restablecimiento del antiguo ministerio de las diaconisas sería únicamente un
anacronismo divertido. Por el contrario, el Concilio ha marcado las directrices
del futuro de la colaboración de los laicos en el capítulo 4 de la Constitución
«Lumen gentium», por desgracia poco estudiado.
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