miércoles, 2 de julio de 2014

Sínodo de los Obispos




Para facilitar el conocimiento del reciente Intrumentum Laboris, hemos seleccionado los párrafos que nos parecen más significativos para comprender la problemática actual sobre la familia en su contexto católico.


III ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA

LOS DESAFÍOS PASTORALES
DE LA FAMILIA
EN EL CONTEXTO
DE LA EVANGELIZACIÓN

INSTRUMENTUM LABORIS

Ciudad del Vaticano
2014



Algunos motivos de la dificultad de recepción

15. Algunas Conferencias Episcopales ponen de relieve que el motivo de tanta resistencia a las enseñanzas de la Iglesia acerca de la moral familiar es la falta de una auténtica experiencia cristiana, de un encuentro personal y comunitario con Cristo, que ninguna presentación —aunque sea correcta— de una doctrina puede sustituir. En este contexto, se lamenta la insuficiencia de una pastoral preocupada sólo de administrar los sacramentos, sin que a esto corresponda una verdadera experiencia cristiana atrayente. Además, la gran mayoría de las respuestas pone de relieve el creciente contraste entre los valores que propone la Iglesia sobre matrimonio y familia y la situación social y cultural diversificada en todo el planeta. Existe unanimidad en las respuestas también en relación a los motivos de fondo de las dificultades a la hora de acoger la enseñanza de la Iglesia: las nuevas tecnologías difusivas e invasivas; la influencia de los medios de comunicación de masas; la cultura hedonista; el relativismo; el materialismo; el individualismo; la creciente secularización; el hecho de que prevalgan concepciones que han llevado a una excesiva liberalización de las costumbres en sentido egoísta; la fragilidad de las relaciones interpersonales; una cultura que rechaza decisiones definitivas, condicionada por la precariedad, la provisionalidad, propia de una “sociedad líquida”, del “usar y tirar”, del “todo y en seguida”; valores sostenidos por la denominada “cultura del descarte” y de lo “provisional”, como recuerda frecuentemente el Papa Francisco.

16. Algunos recuerdan los obstáculos debidos al largo dominio de ideologías ateas en numerosos países, que crearon una actitud de desconfianza respecto de las enseñanzas religiosas en general.
19. Por último, es una consideración común que la catequesis sobre matrimonio y familia hoy no se puede limitar solamente a la preparación de la pareja al matrimonio; es necesaria una dinámica de acompañamiento vinculado a la experiencia que, mediante testigos, muestre la belleza de lo que nos transmiten el Evangelio y los documentos del Magisterio de la Iglesia sobre la familia. Mucho antes de que se presenten para el matrimonio, los jóvenes necesitan que se les ayude a conocer lo que la Iglesia enseña y por qué lo enseña. Muchas respuestas ponen de relieve la función de los padres en la catequesis específica sobre la familia. Los padres tienen un rol insustituible en la formación cristiana de los hijos en relación al Evangelio de la familia. Esta tarea requiere una profunda comprensión de su vocación a la luz de la doctrina de la Iglesia. Su testimonio ya es una catequesis viviente, no sólo en la Iglesia, sino también en la sociedad.


Capítulo III
Evangelio de la familia y ley natural

El nexo entre Evangelio de la familia y ley natural

20. En el contexto de la acogida de la enseñanza de la Iglesia sobre matrimonio y familia es necesario tener presente el tema de la ley natural. Aquí se considera el hecho que los documentos magisteriales a menudo hacen referencia a este vocabulario, que hoy presenta dificultades. La perplejidad acerca del concepto de ley natural —que hoy existe a gran escala—suele repercutir de modo problemático en algunos elementos de la doctrina cristiana sobre el tema. En realidad, lo que subyace en la relación entre Evangelio de la familia y ley natural no es tanto la defensa de un concepto filosófico abstracto, como la necesaria relación que el Evangelio establece con lo humano en todas sus declinaciones históricas y culturales. «La ley natural responde así a la exigencia de fundar sobre la razón los derechos del hombre y hace posible un diálogo intercultural e interreligioso» (CTI, En busca de una ética universal: una mirada nueva sobre la ley natural, 35).

Problematismo de la ley natural hoy

21. A la luz de cuanto la Iglesia ha sostenido a lo largo de los siglos, examinando la relación entre el Evangelio de la familia y la experiencia común a toda persona, es posible considerar los numerosos problemas que se ponen de relieve en las respuestas al cuestionario respecto al tema de la ley natural. Para la gran mayoría de las respuestas y observaciones, en los distintos contextos culturales, hoy el concepto de “ley natural” resulta ser, como tal, bastante problemático, incluso incomprensible. Se trata de una expresión que se entiende de modos diferentes o sencillamente no se entiende. Numerosas Conferencias Episcopales, en contextos extremadamente distintos, afirman que, aunque la dimensión esponsal de la relación entre hombre y mujer generalmente se acepta como una realidad vivida, esto no se interpreta conformemente a una ley universalmente dada. Sólo un número muy restringido de respuestas y observaciones pone de relieve una adecuada comprensión de dicha ley a nivel popular.

22. Asimismo, de las respuestas y observaciones resulta que el adjetivo “natural” suele ser interpretado según un matiz subjetivo de “espontáneo”. Las personas son orientadas a valorar el sentimiento y la emotividad; dimensiones consideradas “auténticas” y “originales” y, por tanto, que “naturalmente” hay que seguir. Las visiones antropológicas subyacentes recuerdan, por una parte, la autonomía de la libertad humana, no necesariamente vinculada a un orden objetivo natural, y, por otra, la aspiración a la felicidad del ser humano, entendida como realización de los propios deseos. Por consiguiente, la ley natural se percibe como una herencia anticuada. Hoy, no sólo en Occidente, sino progresivamente en todas partes en la tierra, la investigación científica representa un serio desafío al concepto de naturaleza. La evolución, la biología y las neurociencias, al confrontarse con la idea tradicional de ley natural, llegan a la conclusión de que ésta no se puede considerar “científica”.

23. También la noción de “derechos humanos” se ve generalmente como una referencia a la autodeterminación del sujeto, no anclada en la idea de ley natural. Al respecto, muchos observan que los sistemas legislativos de numerosos países se encuentran con que tienen que reglamentar situaciones contrarias al dictado tradicional de la ley natural (por ejemplo, la fecundación in vitro, las uniones homosexuales, la manipulación de embriones humanos, el aborto, etc.). En este contexto, se sitúa la creciente generalización de la ideología denominada gender theory, según la cual el gender de cada individuo resulta ser sólo el producto de condicionamientos y necesidades sociales, dejando de este modo de tener plena correspondencia con la sexualidad biológica.

24. Además se señala ampliamente que lo que establece la ley civil —basándose en el positivismo jurídico, cada vez más dominante— se convierte también en moralmente aceptable en la mentalidad común. Lo que es “natural” lo suelen definir solamente el individuo y la sociedad, que se han convertido en los únicos jueces para las decisiones éticas. La relativización del concepto de “naturaleza” se refleja también en el concepto de “duración” estable en relación a la unión matrimonial. Hoy, un amor se considera “para siempre” sólo en relación a cuánto puede durar efectivamente.


Una deseable renovación del lenguaje

30. La exigencia subyacente al uso tradicional de la expresión “ley natural” impulsa a mejorar el lenguaje y el marco conceptual de referencia, a fin de comunicar los valores del Evangelio de modo comprensible al hombre de hoy. En particular, de la gran mayoría de las respuestas y, todavía más, de las observaciones, emerge la necesidad de hacer mayor hincapié, decididamente, en el papel de la Palabra de Dios como instrumento privilegiado en la concepción de la vida conyugal y familiar. Se recomienda una mayor referencia al mundo bíblico, a sus lenguajes y formas narrativas. En ese sentido, es digna de relieve la propuesta de tematizar y profundizar el concepto, de inspiración bíblica, de “orden de la creación”, como posibilidad de releer de modo existencialmente más significativo la “ley natural” (cfr. la idea de ley escrita en el corazón en Rom 1,19-21 y 2,14-15). Se propone, asimismo, la insistencia en los lenguajes accesibles, como por ejemplo el lenguaje simbólico que utiliza la liturgia. Se recomienda también la atención al mundo juvenil, que hay que asumir como interlocutor directo, incluso sobre estos temas.



52. Algunas respuestas señalan la poca atención de los novios prometidos —en muchos casos— a los cursos prematrimoniales. Por este motivo, en numerosos contextos existe la tendencia a promover catequesis diferenciadas: para los jóvenes incluso antes del noviazgo; para los padres de los novios; para las parejas de casados; para las personas separadas; para la preparación al Bautismo; para el conocimiento de los documentos pastorales de los Obispos y del Magisterio de la Iglesia. En algunos países se señalan auténticas escuelas de preparación a la vida matrimonial, dirigidas sobre todo a la educación y promoción de la mujer. El discurso se diferencia en particular en las zonas en las que existe una fuerte secularización, donde se constata una creciente distancia cultural de las parejas respecto a la enseñanza de la Iglesia. Los cursos especialmente prolongados no siempre son bien acogidos. En los cursos prematrimoniales, normalmente, se propone a los prometidos el conocimiento de los métodos naturales de regulación de la fertilidad. Esta propuesta se ofrece mediante el testimonio y la guía de otras parejas.

53. Algunas Conferencias Episcopales se quejan de que las parejas a menudo se presentan en el último momento, cuando ya han fijado la fecha de la boda, incluso cuando la pareja presenta aspectos que requerirían una atención especial, como en el caso de la disparidad de culto (matrimonio entre un bautizado y un no bautizado) o de una escasa formación cristiana. Otras Conferencias recuerdan que los itinerarios a la preparación al sacramento del matrimonio han mejorado en las últimas décadas; se ha tratado cada vez más de transformar los “cursos” en “itinerarios”, en los que participen juntos sacerdotes y esposos. Se observa que en los últimos años los contenidos de los programas han sufrido un cambio substancial: se ha pasado de un servicio orientado solamente al sacramento a un primer anuncio de la fe.

Separados, divorciados y divorciados vueltos a casar

86. De las respuestas resulta que la realidad de los separados, divorciados y divorciados vueltos a casar es relevante en Europa y en toda América; mucho menos en África y en Asia. Dado el fenómeno en crecimiento de estas situaciones, muchos padres están preocupados por el futuro de sus hijos. Por otra parte, se observa que el número creciente de convivientes hace que el problema de los divorcios sea menos relevante: la gente se divorcia gradualmente menos, porque en realidad suele casarse cada vez menos. En determinados contextos, la situación es distinta: no hay divorcio porque no hay matrimonio civil (en los países árabes y en algunos países de Asia).


Situaciones de irregularidad canónica

89. En líneas generales, en varias áreas geográficas, las respuestas se concentran sobre todo en los divorciados vueltos a casar o, en cualquier caso, que viven una nueva unión. Entre los que viven en situación canónicamente irregular, se observan diferentes actitudes, que van de la falta de conciencia de su situación a la indiferencia, o bien, a un sufrimiento consciente. Las actitudes de los divorciados que viven una nueva unión son por lo general semejantes en los distintos contextos regionales, con especial relieve en Europa y en América, y menor en África. Al respecto, algunas respuestas atribuyen esta situación a la formación carente o a la escasa práctica religiosa. En América del Norte, la gente piensa a menudo que la Iglesia ya no es una referencia moral de confianza, sobre todo para las cuestiones de la familia, considerada como materia privada sobre la que decidir autónomamente.

90. Es más bien consistente el número de quienes consideran con despreocupación su situación irregular. En este caso, no hay ninguna solicitud de admisión a la comunión eucarística, ni de poder celebrar el sacramento de la reconciliación. La conciencia de la situación irregular a menudo se manifiesta cuando interviene el deseo de la iniciación cristiana para los hijos, o si llega la petición de participar en una celebración de Bautismo o Confirmación como padrino o madrina. A veces personas adultas que alcanzan una fe personal y consciente en el camino catequético o casi catecumenal descubren el problema de su irregularidad. Desde el punto de vista pastoral, estas situaciones se consideran una buena oportunidad para comenzar un itinerario de regularización, sobre todo en los casos de las convivencias. Una situación diferente se señala en África, no tanto respecto a los divorciados en nueva unión, sino en relación a la práctica de la poligamia. Hay casos de convertidos en los que es difícil abandonar a la segunda o tercera mujer, con la que ya se han tenido hijos, y que quieren participar en la vida eclesial.

91. Antes de abordar el sufrimiento que conlleva no poder recibir los sacramentos de parte de quienes se encuentran en situación de irregularidad, se señala un sufrimiento más originario, del que la Iglesia se debe hacer cargo: el sufrimiento vinculado al fracaso del matrimonio y a la dificultad de regularizar la situación. Algunos ponen de relieve, en esta crisis, el deseo de dirigirse a la Iglesia para obtener ayuda. El sufrimiento a menudo está relacionado con los diferentes niveles de formación, como señalan diversas Conferencias Episcopales en Europa, África y América. Con frecuencia no se comprende la relación intrínseca entre matrimonio, Eucaristía y penitencia; por tanto, resulta bastante difícil comprender por qué la Iglesia no admite a la comunión a quienes se encuentran en una condición irregular. Los itinerarios catequéticos sobre el matrimonio no explican suficientemente este vínculo. En algunas respuestas (América, Europa del Este, Asia), se pone de relieve que a veces se considera erróneamente que el divorcio como tal, aunque no se viva en una nueva unión, excluye automáticamente el acceso a la comunión. De ese modo estas personas son —sin motivo alguno— privadas de los sacramentos.

92. El sufrimiento que causa no recibir los sacramentos está presente con claridad en los bautizados queson conscientes de su situación.Muchos sienten frustración y se sienten marginados. Algunos se preguntan por qué los otros pecados se perdonan y éste no;o bien por qué losreligiosos y sacerdotes que han recibido la dispensa de sus votos y de las obligaciones sacerdotales puedencelebrar el matrimonio y recibir la comunión, mientras que los divorciadosvueltos a casar no. Todo esto pone de relieve la necesidad de una oportuna formación e información. En otros casos, no se percibe que la propiasituación irregular es el motivo para no poder recibir los sacramentos; más bien, se considera que la culpa es de la Iglesia porque no admite tales circunstancias. En esto, se señala también el riesgo de una mentalidad reivindicativa respecto a los sacramentos.Asimismo, es bastante preocupante la incomprensión de la disciplina de la Iglesia cuando niega el acceso a los sacramentos en estos casos, como si se tratara deun castigo.Un buen número de Conferencias Episcopales sugiere ayudar a las personas en situación canónicamente irregular a no considerarse «separados de la Iglesia, pudiendo y aun debiendo, en cuanto bautizados, participar en su vida» (FC 84). Por otro lado, hay respuestas y observaciones, de parte de algunas conferencias episcopales, que hacen hincapié en la necesidad de que la Iglesia se dote de instrumentos pastorales mediante los cuales se abra la posibilidad de ejercer una misericordia, clemencia e indulgencia más amplias respecto de las nuevas uniones.

Acerca del acceso a los sacramentos

93. Acerca del acceso a los sacramentos, las reacciones de parte de los fieles divorciados vueltos a casar son diferentes. En Europa (aunque también en algunos países de América Latina y Asia), prevalece la tendencia a resolver la cuestión a través de un sacerdote que condescienda a la petición de acceso a los sacramentos. Al respecto, se señala (en particular en Europa y en América Latina) un modo distinto de responder de parte de los pastores. A veces, estos fieles se alejan de la Iglesia o pasan a otras confesiones cristianas. En varios países, no sólo europeos, esta solución individual para muchas personas no es suficiente, ya que aspiran a una readmisión pública en los sacramentos de parte de la Iglesia. El problema no es tanto que no puedan recibir la comunión, sino el hecho que la Iglesia públicamente no les admite al sacramento, de modo que estos fieles simplemente se niegan a ser considerados en situación irregular.

94. En las comunidades eclesiales están presentes personas que, al encontrarse en una situación canónicamente irregular, piden que se les acoja y acompañe en su condición. Esto sucede especialmente cuando se trata de hacer razonable la enseñanza de la Iglesia. En semejantes circunstancias es posible que estos fieles vivan su condición sostenidos por la misericordia de Dios, de la cual la Iglesia es instrumento. Otros, como señalan algunas Conferencias Episcopales del área de la Europa atlántica, aceptan el compromiso de vivir en continencia (cfr. FC 84).

95. Muchas de las respuestas recibidas señalan que en numerosos casos existe una clara petición de poder recibir los sacramentos de la Eucaristía y la Penitencia, especialmente en Europa, en América y en algunos países de África. La petición es más insistente sobre todo con ocasión de la celebración de los sacramentos de parte de los hijos. A veces se desea la admisión a la comunión como para ser “legitimados” por la Iglesia, eliminando el sentido de exclusión o de marginalización. Al respecto, algunos sugieren considerar la praxis de algunas Iglesias ortodoxas, que, a su juicio, abre el camino a un segundo o tercer matrimonio con carácter penitencial; a este propósito, los países de mayoría ortodoxa señalan que la experiencia de estas soluciones no impide el aumento de los divorcios. Otros piden aclarar si la cuestión es de carácter doctrinal o sólo disciplinar.

Otras peticiones

96. En numerosos casos, señalados en particular en Europa y en América del Norte, se pide agilizar el procedimiento para la nulidad matrimonial; al respecto, se indica la necesidad de profundizar la cuestión de la relación entre fe y sacramento del matrimonio, como sugirió reiteradamente Benedicto XVI. En los países de mayoría ortodoxa, se señala el caso de católicos que se vuelven a casar en la Iglesia ortodoxa, según la praxis vigente en ésta, y después piden acercarse a la comunión en la Iglesia católica. Por último, otras instancias piden que se precise la praxis a seguir en los casos de matrimonios mixtos, en los cuales el cónyuge ortodoxo ya ha estado casado y ha obtenido de la Iglesia ortodoxa el permiso para las segundas nupcias.

Acerca de los separados y los divorciados

97. En varias respuestas y observaciones, se pone de relieve la necesidad de prestar más atención a los separados y los divorciados que, fieles al vínculo nupcial, no se han vuelto a casar. Al parecer, a menudo para ellos al sufrimiento del fracaso matrimonial se añade el de no ser considerados convenientemente por la Iglesia y, por tanto, son desatendidos. Se observa que ellos también tienen sus dificultades y la necesidad de ser acompañados pastoralmente. Asimismo, se hace presente la importancia de verificar una posible nulidad matrimonial, con particular cuidado de parte de los pastores, a fin de no introducir causas sin un discernimiento atento. En ese contexto, se encuentran peticiones de promover mayormente una pastoral de la reconciliación, que se haga cargo de las posibilidades de reunir a los cónyuges separados. Algunos subrayan que la valiente aceptación de la condición de separados que siguen fieles al vínculo, marcada por el sufrimiento y la soledad, constituye una gran testimonio cristiano.

Simplificación de las causas matrimoniales

98. Existe una amplia solicitud de simplificación de la praxis canónica de las causas matrimoniales. Las posiciones son diferentes: algunos afirman que agilizarlas no es un remedio eficaz; otros, favorables a la agilización, invitan a explicar bien la naturaleza del proceso de declaración de nulidad, para una mejor comprensión de éste de parte de los fieles.

99. Algunos invitan a la prudencia, señalando que al agilizar, simplificar o reducir los pasos previstos se corre el riesgo de provocar injusticias y errores; se podría dar la impresión de no respetar la indisolubilidad del sacramento; se podría favorecer el abuso y obstaculizar la formación de los jóvenes al matrimonio como compromiso para toda la vida; se podría alimentar la idea de un “divorcio católico”. Proponen, en cambio, preparar a un número adecuado de personas cualificadas para seguir los casos; y, en América Latina, África y Asia, se solicita incrementar el número de tribunales —ausentes en numerosas regiones—, y conceder mayor autoridad a las instancias locales, formando mejor a los sacerdotes. Otras respuestas relativizan la importancia de esta posibilidad de agilizar los procedimientos, ya que a menudo los fieles aceptan la validez de su matrimonio, reconociendo que se trata de un fracaso y no consideran honrado pedir la declaración de nulidad. Muchos fieles consideran, sin embargo, válido su primer matrimonio porque no conocen los motivos de invalidez. A veces, quienes se han divorciado tienen la dificultad de volver a mirar al pasado, lo cual podría abrir de nuevo heridas dolorosas personales y para el cónyuge.

100. Muchos piden como elementos de esta agilización: proceso canónico simplificado y más rápido; concesión de mayor autoridad al Obispo local; mayor acceso de los laicos como jueces; reducción del costo económico del proceso. En particular, algunos proponen reconsiderar si es verdaderamente necesaria la doble sentencia conforme, al menos cuando no hay solicitud de apelación, obligando sin embargo a la apelación en ciertos casos el defensor del vínculo. Se propone, asimismo, descentralizar la tercera instancia. En todas las áreas geográficas, se pide un planteamiento más pastoral en los tribunales eclesiásticos, con una mayor atención espiritual a las personas.

101. En las respuestas y observaciones, teniendo en cuenta la magnitud del problema pastoral de los fracasos matrimoniales, se plantea la duda de si la vía procesal judicial es el único modo para afrontarlo. Se lanza la propuesta de emprender una vía administrativa. En algunos casos se propone proceder a una verificación de la conciencia de las personas interesadas a comprobar la nulidad del vínculo. Se plantea la cuestión de si los presbíteros elegidos para esta tarea tienen otros instrumentos pastorales para verificar la validez del matrimonio. En general, se solicita una mayor formación específica de los agentes pastorales en este campo, a fin de ayudar oportunamente a los fieles.

102. Una formación más adecuada de los fieles respecto a los procesos de nulidad ayudaría, en algunos casos, a eliminar dificultades, como por ejemplo la de padres que temen que un matrimonio nulo convierta a los hijos en ilegítimos, señalada por algunas Conferencias Episcopales africanas. En numerosas respuestas, se insiste en el hecho de que agilizar el proceso canónico sería útil sólo si se afronta de modo integral la pastoral familiar. De parte de algunas Conferencias Episcopales asiáticas, se señala el caso de matrimonios con no cristianos, que no quieren cooperar en el proceso canónico.

El cuidado de las situaciones difíciles

103. La caridad pastoral impulsa a la Iglesia a acompañar a las personas que han sufrido un fracaso matrimonial y a ayudarles a vivir su situación con la gracia de Cristo. Una herida más dolorosa se abre para las personas que se vuelven a casar, entrando en un estado de vida que no les permite el acceso a la comunión. Ciertamente, en estos casos, la Iglesia no debe asumir la actitud de juez que condena (cfr. Papa Francisco, Homilía del 28 de febrero de 2014), sino la de una madre que acoge siempre a sus hijos y cura sus heridas (cfr. EG 139-141). Con gran misericordia, la Iglesia está llamada a encontrar formas de “compañía” para sostener a estos hijos suyos en un itinerario de reconciliación. Con comprensión y paciencia, es importante explicar que el hecho de no poder acceder a los sacramentos no significa quedar excluidos de la vida cristiana y de la relación con Dios.

104. En referencia a estas situaciones complejas, en numerosas respuestas se pone de relieve la falta de un servicio de asistencia específica en las diócesis para estas personas. Muchas Conferencias Episcopales recuerdan la importancia de ofrecer a estos fieles una participación activa a la vida de la Iglesia, mediante grupos de oración, momentos litúrgicos y actividades caritativas. Se indican, además, algunas iniciativas pastorales, como por ejemplo una bendición personal a quien no puede recibir la Eucaristía o alentar la participación de los hijos en la vida parroquial. Se subraya el papel de los movimientos de espiritualidad conyugal, de las órdenes religiosas y de las comisiones parroquiales para la familia. Es significativa la recomendación de la oración para las situaciones difíciles, en el contexto de las liturgias parroquiales y diocesanas, en la oración universal.



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