Rescriptum “ex Audentia SS.mi”,
02.08.2018
Pena de muerte
2267. Durante mucho tiempo el recurso a la pena de
muerte por parte de la autoridad legítima, después de un debido proceso, fue
considerado una respuesta apropiada a la gravedad de algunos delitos y un medio
admisible, aunque extremo, para la tutela del bien común.
Hoy está cada vez más viva la conciencia de que la
dignidad de la persona no se pierde ni siquiera después de haber cometido
crímenes muy graves. Además, se ha extendido una nueva comprensión acerca del
sentido de las sanciones penales por parte del Estado. En fin, se han
implementado sistemas de detención más eficaces, que garantizan la necesaria
defensa de los ciudadanos, pero que, al mismo tiempo, no le quitan al reo la
posibilidad de redimirse definitivamente.
Por tanto la Iglesia enseña, a la luz del Evangelio,
que «la pena de muerte es inadmisible, porque atenta contra la inviolabilidad y
la dignidad de la persona»[1], y se compromete con determinación a su abolición
en todo el mundo.
_________________________
[1] Francisco, Discurso del Santo Padre Francisco con
motivo del XXV Aniversario del Catecismo de la Iglesia Católica, 11 de octubre
de 2017: L’Osservatore Romano, 13 de octubre de 2017, 5.
(vatican.va)
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CONGREGACIÓN PARA LA DOCTRINA DE
LA FE
Carta a los Obispos
acerca de la nueva redacción del n. 2267
del Catecismo de la Iglesia Católica
sobre a pena de muerte
1. El Santo Padre Francisco, en el Discurso con
ocasión del vigésimo quinto aniversario de la publicación de la Constitución
Apostólica Fidei depositum, con la cual Juan Pablo II promulgó el Catecismo de
la Iglesia Católica, pidió que fuera reformulada la enseñanza sobre la pena de
muerte, para recoger mejor el desarrollo de la doctrina que este punto ha
tenido en los últimos tiempos.[1] Este desarrollo descansa principalmente en la
conciencia cada vez más clara en la Iglesia del respeto que se debe a toda vida
humana. En esta línea, Juan Pablo II afirmó: «Ni siquiera el homicida pierde su
dignidad personal y Dios mismo se hace su garante».[2]
2. En este sentido, debe comprenderse la actitud hacia
la pena de muerte que se ha afirmado cada vez más en la enseñanza de los
pastores y en la sensibilidad del pueblo de Dios. En efecto, si de hecho la
situación política y social del pasado hacía de la pena de la muerte un
instrumento aceptable para la tutela del bien común, hoy es cada vez más viva
la conciencia de que la dignidad de la persona no se pierde ni siquiera luego
de haber cometido crimines muy graves. Además, se ha extendido una nueva
comprensión acerca del sentido de las sanciones penales por parte del Estado.
En fin se han implementado sistemas de detención más eficaces, que garantizan
la necesaria defensa de los ciudadanos, han dado lugar a una nueva conciencia
que reconoce la inadmisibilidad de la pena de muerte y por lo tanto pide su
abolición.
3. En este desarrollo, es de gran importancia la
enseñanza de la Carta Encíclica Evangelium vitae de Juan Pablo II. El Santo
Padre enumeraba entre los signos de esperanza de una nueva civilización de la
vida «la aversión cada vez más difundida en la opinión pública a la pena de
muerte, incluso como instrumento de “legítima defensa” social, al considerar las
posibilidades con las que cuenta una sociedad moderna para reprimir eficazmente
el crimen de modo que, neutralizando a quien lo ha cometido, no se le prive
definitivamente de la posibilidad de redimirse».[3] La enseñanza de Evangelium
vitae fue recogida más tarde en la editio typica del Catecismo de la Iglesia
Católica. En este, la pena de muerte no se presenta como una pena proporcional
a la gravedad del delito, sino que se justifica solo si fuera «el único camino
posible para defender eficazmente del agresor injusto las vidas humanas»,
aunque si de hecho «los casos en los que sea absolutamente necesario suprimir
al reo suceden muy rara vez, si es que ya en realidad se dan algunos» (n.
2267).
4. Juan Pablo II también intervino en otras ocasiones
contra la pena de muerte, apelando tanto al respeto de la dignidad de la
persona como a los medios que la sociedad actual posee para defenderse del
criminal. Así, en el Mensaje navideño de 1998, auguraba «en el mundo el
consenso sobre medidas urgentes y adecuadas… para desterrar la pena de muerte».[4]
Un mes después, en los Estados Unidos, repitió: «Un signo de esperanza es
el reconocimiento cada vez mayor de que nunca hay que negar la dignidad de la
vida humana, ni siquiera a alguien que haya hecho un gran mal. La sociedad
moderna posee los medios para protegerse, sin negar definitivamente a los
criminales la posibilidad de enmendarse. Renuevo el llamamiento que hice
recientemente, en Navidad, para que se decida abolir la pena de muerte, que es
cruel e innecesaria». [5]
5. El impulso de comprometerse con la abolición de la
pena de muerte continuó con los sucesivos Pontífices. Benedicto XVI llamaba «la
atención de los responsables de la sociedad sobre la necesidad de hacer todo lo
posible para llegar a la eliminación de la pena capital». [6] Y luego auguraba
a un grupo de fieles que «sus deliberaciones puedan alentar iniciativas
políticas y legislativas, promovidas en un número cada vez mayor de países,
para eliminar la pena de muerte y continuar los progresos sustanciales
realizados para adecuar el derecho penal tanto a las necesidades de la dignidad
humana de los prisioneros como al mantenimiento efectivo del orden público».
[7]
6. En esta misma perspectiva, el Papa Francisco
reiteró que «hoy día la pena de muerte es inadmisible, por cuanto grave haya
sido el delito del condenado».[8] La pena de muerte, independientemente de las
modalidades de ejecución, «implica un trato cruel, inhumano y degradante».[9]
Debe también ser rechazada «en razón de la defectiva selectividad del sistema
penal y frente a la posibilidad del error judicial».[10] Es en este sentido en
el que el Papa Francisco ha pedido una revisión de la formulación del Catecismo
de la Iglesia Católica sobre la pena de muerte, de modo que se afirme que «por
muy grave que haya sido el crimen, la pena de muerte es inadmisible porque
atenta contra la inviolabilidad y la dignidad de la persona».[11]
7. La nueva redacción del n. 2267 del Catecismo de la
Iglesia Católica, aprobado por el Papa Francisco, se sitúa en continuidad con
el Magisterio precedente, llevando adelante un desarrollo coherente de la
doctrina católica.[12] El nuevo texto, siguiendo los pasos de la enseñanza de
Juan Pablo II en Evangelium vitae, afirma que la supresión de la vida de un
criminal como castigo por un delito es inadmisible porque atenta contra la
dignidad de la persona, dignidad que no se pierde ni siquiera después de haber
cometido crímenes muy graves. A esta conclusión se llega también teniendo en
cuenta la nueva comprensión de las sanciones penales aplicadas por el Estado
moderno, que deben estar orientadas ante todo a la rehabilitación y la
reinserción social del criminal. Finalmente, dado que la sociedad actual tiene
sistemas de detención más eficaces, la pena de muerte es innecesaria para la
protección de la vida de personas inocentes. Ciertamente, queda en pie el deber
de la autoridad pública de defender la vida de los ciudadanos, como ha sido
siempre enseñado por el Magisterio y como lo confirma el Catecismo de la
Iglesia Católica en los números 2265 y 2266.
8. Todo esto muestra que la nueva formulación del n.
2267 del Catecismo expresa un auténtico desarrollo de la doctrina que no está
en contradicción con las enseñanzas anteriores del Magisterio. De hecho, estos
pueden ser explicados a la luz de la responsabilidad primaria de la autoridad
pública de tutelar el bien común, en un contexto social en el cual las
sanciones penales se entendían de manera diferente y acontecían en un ambiente
en el cual era más difícil garantizar que el criminal no pudiera reiterar su crimen.
9. En la nueva redacción se agrega que la conciencia
de la inadmisibilidad de la pena de muerte ha crecido «a la luz del
Evangelio».[13] El Evangelio, en efecto, ayuda a comprender mejor el orden de
la Creación que el Hijo de Dios ha asumido, purificado y llevado a plenitud.
Nos invita también a la misericordia y a la paciencia del Señor que da tiempo a
todos para convertirse.
10. La nueva formulación del n. 2267 del Catecismo de
la Iglesia Católica quiere ser un impulso para un compromiso firme, incluso a
través de un diálogo respetuoso con las autoridades políticas, para que se
favorezca una mentalidad que reconozca la dignidad de cada vida humana y se
creen las condiciones que permitan eliminar hoy la institución jurídica de la
pena de muerte ahí donde todavía está en vigor.
El Sumo Pontífice Francisco, en la audiencia concedida
al infrascrito Secretario el 28 de junio de 2018, ha aprobado la presente
Carta, decidida en la Sesión Ordinaria de esta Congregación el 13 de junio de
2018, y ha ordenado su publicación.
Dado en Roma, en la sede de la Congregación para la
Doctrina de la Fe, el 1º de agosto de 2018, Memoria de San Alfonso María de
Ligorio.
Luis F. Card. Ladaria, S.I.
Prefecto
+ Giacomo Morandi
Arzobispo titular de Cerveteri
Secretario
___________________________
[1] Cf. Francisco, Discurso del Santo Padre Francisco
con motivo del XXV Aniversario del Catecismo de la Iglesia Católica (11 de
octubre de 2017): L’Osservatore Romano (13 de octubre de 2017), 4.
[2] Juan Pablo II, Carta enc. Evangelium vitae (25 de
marzo de 1995), n. 9: AAS 87 (1995), 411.
[3] Ibíd., n. 27: AAS 87 (1995), 432.
[4] Juan Pablo II, Mensaje Urbi et Orbi de Navidad (25
de diciembre de 1998), n. 5: Insegnamenti XXI, 2 (1998), 1348.
[5] Id., Homilía en el Trans World Dome de St. Louis
(27 de enero de 1999): Insegnamenti XXII, 1 (1999), 269; cf. Homilía durante la
Misa en la Basílica de Nuestra Señora de Guadalupe en Ciudad de México (23 de
enero de 1999): «Renuevo el llamamiento que hice recientemente, en Navidad,
para que se decida abolir la pena de muerte, que es cruel e innecesaria»:
Insegnamenti XXII, 1 (1990), 123.
[6] Benedicto XVI, Exhort. Ap. postsinodal Africae
munus (19 de noviembre de 2011), n. 83: AAS 104 (2012), 276.
[7] Id., Audiencia general (30 de noviembre de 2011):
Insegnamenti VII, 2 (2011), 813.
[8] Francisco, Carta al Presidente de la Comisión
internacional contra la pena di muerte (20 de marzo de 2015): L’Osservatore
Romano (20-21 de marzo de 2015), 7.
[9] Ibíd.
[10] Ibíd.
[11] Francisco, Discurso del Santo Padre Francisco con
motivo del XXV Aniversario dela Catecismo de la Iglesia Católica (11 de octubre
de 2017): L’Osservatore Romano (13 de octubre 2017), 5.
[12] Cf. Vincenzo di Lérins, Commonitorium, cap. 23:
PL 50, 667-669. En referencia a la
pena de muerte, tratando acerca de las especificaciones de los preceptos del
decálogo, la Pontificia Comisión Bíblica ha hablado de “afinamiento” de las
posiciones morales de la Iglesia: «Con el curso de la historia y el desarrollo
de la civilización, la Iglesia ha afinado también las propias posiciones
morales con respecto a la pena de muerte y a la guerra en nombre de un culto a
la vida humana que ella alimenta sin cesar meditando la Escritura y que toma
siempre más color de un absoluto. Lo que está debajo de estas posiciones
aparentemente radicales es siempre la misma noción antropológica de base: la
dignidad fundamental del hombre creado a imagen de Dios» (Biblia y moral.
Raíces bíblicas del comportamiento cristiano, 2008, n. 98).
[13] Conc. Ecum. Vat. II, Const. past. Gaudium et
spes, n. 4.
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